¿Cómo dar de alta la luz y cambiar de titular, comercializadora o potencia contratada?

Cómo dar de alta la luz y otras gestiones habituales

Si piensas que hacer gestiones habituales con las comercializadoras eléctricas es complicado, en este artículo podrás ver que los pasos a seguir para dar de alta la luz, cambiar de titular o modificar la potencia contratada son más sencillos de lo que crees.

¿Has comprado o alquilado una vivienda o local recientemente? En ese caso, es muy probable que necesites dar de alta la luz o hacer un cambio de titularidad en el contrato. En el caso del alquiler, también es posible que tengas interés en cambiar de compañía comercializadora de electricidad (puedes hacerlo si lo deseas).

En este post explicamos qué hay que hacer para dar de alta la luz o modificar la potencia contratada y cuál es el coste de estas gestiones. Vemos, también, cómo hacer un cambio de titular y/o de comercializadora, dos trámites que no suponen coste alguno.

Cómo dar de alta la luz

Si en tu vivienda nunca hubo luz o llevas más de 3 años sin tenerla y ahora quieres que haya suministro eléctrico, lo primero que tienes que hacer es abrir un expediente de acometida con la distribuidora de luz de tu zona.

Si hace menos de tres años que no tienes luz, el expediente de acometida no es necesario. En este caso, sólo tendrás que llamar a nuestro teléfono gratuito 900 600 116 para que gestionemos tu alta de luz. La documentación básica que se solicita para dar de alta la luz es:

  • Boletín Eléctrico (o Certificado de Instalación de Baja Tensión) expedido por un electricista acreditado.
  • Fotocopia del DNI, Pasaporte NIE o Certificado de Autónomos. (Si el nuevo punto de suministración eléctrica es para una empresa necesitarás una fotocopia del CIF e indicar el cargo que ocupa la persona solicitante).
  • CUPS de luz: si en esa vivienda o local hubo luz alguna vez, puedes enviarnos la dirección completa junto con la documentación (nos la va a pedir la distribuidora) y nosotros encontraremos el CUPS fácilmente, te lo enviaremos y podrás completar el proceso de alta. Si nunca hubo luz en ese punto, lo más rápido es que contactes con la distribuidora eléctrica de la zona para que te lo facilite y le envíes la documentación.
  • Cuenta bancaria para domiciliar el pago.
  • Copia de la escritura de propiedad o del contrato de alquiler (opcional).

¿Cuánto cuesta dar de alta un nuevo punto de suministro eléctrico?

Nosotros, que somos la compañía comercializadora, no cobramos nada por el alta, pero sí que facturamos al cliente los costes que cobra la compañía distribuidora, conocidos cómo derechos de acometida:

  • Derechos de acceso: 19,703137 € por cada kW solicitado.
  • Derechos de extensión: 17,374714 € por cada kW solicitado. Este importe solo tiene que abonarse cuando la instalación eléctrica no está realizada (en viviendas de obra nueva o si ya hubo suministro eléctrico pero pasaron más de 3 años desde que lo hubo).
  • Derechos de enganche y verificación: 9,044760 € por actuación.
  • Depósito de garantías: Segundo el RD 198/2010, si la comercializadora opera en el mercado eléctrico hace más de un año, como es el caso de XENERA, el depósito se calcula dividiendo la tarifa de acceso anual del cliente entre 365. La cantidad resultante se multiplica por los días del período de liquidación del contrato de acceso, que como máximo serán 30 días. Este importe se paga como fianza, por lo que se devuelve en el futuro, en el momento de realizar la baja del punto de suministro eléctrico con la distribuidora.

A estos costes, hay que añadir el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), salvo al depósito de garantías (está exento). XENERA, como compañía comercializadora, factura todos estos costes salvo los derechos de extensión, que suele facturarlos la compañía distribuidora. (Solo en caso de que la compañía distribuidora no repercutiera los derechos de extensión es posible que la compañía comercializadora sí los facture).

Vamos a ver un ejemplo para que lo tengas más claro. Si quisieras contratar un nuevo punto de suministro con una potencia de 3,45 kW en una vivienda nueva (o en la que hace más de 3 años que se dio la luz de baja) los costes serían:

Costes alta nueva luz con potencia 3,45kW

Los derechos de alta de la luz se pagan una única vez a la compañía distribuidora.

Cambio de comercializadora

Como decíamos al principio del post, en caso de que no estés comprando una vivienda, sino que acabas de irte de alquiler, probablemente te interese revisar con qué comercializadora de electricidad está el suministro eléctrico y cambiarla por otra que pueda suponer un ahorro. El cambio de comercializadora eléctrica es una gestión sencilla. Es sólo un traspaso de datos de un punto de suministro eléctrico activo, que no se interrumpe en ningún momento.

Por ejemplo, si deseas cambiar a XENERA Compañía Eléctrica puedes hacerlo tú mismo a través de nuestra web xenera.com. Para eso sólo tienes que tener a mano una factura de tu actual comercializadora y localizar en ella lo siguiente:

  • Tu código CUPS (Código Unificado de Punto de Suministro), que es único y sirve para identificar tu punto de suministro. Comienza por ES y consta de 22 dígitos.
  • Tu tarifa eléctrica (puede ser 2.0A, 2.0 DHA, 2.1A, 2.1 DHA o 3.0A).
  • Los datos del punto de suministro y tus datos de contacto.
  • El número de cuenta donde quieres que se realicen los cargos.

Si prefieres llamarnos y que realicemos nosotros la gestión, sólo tienes que ponerte en contacto en el teléfono gratuito 900 600 116. Igualmente, es mejor que nos llames teniendo a mano una factura actual y tu número de cuenta para poder completar el proceso.

Ya ves que el cambio de comercializadora de luz y gas es sencillo. En muchas ocasiones no gestionamos los cambios de compañía por pereza o porque creemos que tendremos que aportar muchos documentos. No es nuestro caso, así que ¿por qué no pasarte lo antes posible a la tarifa A vaquiña polo que vale para la luz y/o el gas y empezar a ahorrar?

Cambio de titular

Para preparar el contrato a nombre del nuevo titular, necesitamos los siguientes datos:

  • Datos del punto de suministro: dirección, código CUPS y número de contrato actual.
  • Datos del nuevo titular:
    • Nombre completo del nuevo titular.
    • Razón social (si se trata de una empresa).
    • Dirección postal.
    • DNI, Pasaporte NIE o CIF del nuevo titular.
    • Teléfono y dirección electrónico del nuevo titular.
    • Número de cuenta donde quiere que se carguen las facturas.
  • Indicarnos si quieren recibir las facturas por correo postal o colaborar con el medio ambiente, recibiéndolas por correo electrónico.
  • Fecha con la que se desea el cambio de titularidad: se puede elegir entre última lectura, la fecha actual o una fecha posterior.

Con estos datos, nosotros elaboramos el nuevo contrato y lo enviamos por correo postal o electrónico, como se prefiera. A continuación, tendrás que devolvérnoslo firmado junto con la fotocopia del DNI del titular, un recibo bancario, que nos permita tener constancia del número de cuenta, y un documento que justifique el cambio de titularidad.

Modificar la potencia contratada

El ajuste de la potencia contratada puede suponer un ahorro, como ya os comentábamos hace unos meses. En muchos casos se tiene una potencia contratada superior a la necesaria, lo que influye en el precio de las facturas de la luz (pudiendo incluso hacernos pasar de una modalidad de tarifa a otra).

Si ya tienes claro que quieres cambiar de potencia contratada, vamos a ver cuánto cuesta: Por parte de XENERA, bajar la potencia no tiene coste, pero la compañía distribuidora sí cobrará aproximadamente 9,04 € + IVA en concepto de adaptaciones técnicas.

Si, por el contrario, lo que se quiere es subir la potencia contratada y el boletín eléctrico indica que la instalación soporta la potencia que se desea contratar, además de los 9,04 € + IVA , también hay que pagar a la compañía distribuidora los derechos de extensión (17,37 € + IVA por kW solicitado) y los derechos de acceso (19,70 € por cada kW solicitado). En la mayoría de distribuidoras los de extensión se mantendrán durante 3 años, por lo que si se vuelve a aumentar la potencia contratada en ese plazo, no hay que volver a pagarlos. En cambio, los derechos de acceso deberán abonarse siempre que se aumente la potencia contratada.

Algunas distribuidoras también calculan la parte proporcional del depósito de garantías (que se paga en las altas nuevas) respeto a la nueva potencia, cobrando la diferencia entre el importe del depósito inicial y el actual.

En caso de que la instalación no soporte la potencia que se quiere contratar, hay que realizar un nuevo boletín eléctrico contratando a un electricista acreditado.

Ten en cuenta que la distribuidora puede solicitar el boletín tanto para subidas como para bajadas de potencia, por lo que debe estar vigente (la vigencia es de 20 años).


Si tienes alguna otra duda con respeto a los trámites habituales a realizar con la compañía comercializadora, ¡contacta con nosotros y te informamos!

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CATEGORÍAS: luz
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8 comentarios en “¿Cómo dar de alta la luz y cambiar de titular, comercializadora o potencia contratada?

    1. Hola Pepe, buenos días
      Para poder gestionar el cambio de titular es necesario que el punto de suministro no tenga ningún pago pendiente.
      Un saludo

    1. Hola Pilar, buenos días
      Te hemos enviado el correo electrónico, indicándote qué necesitamos para gestionar el cambio de titular y de domiciliación bancaria.
      Un saludo

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