Certificado de eficiencia energética (CEE): ¿qué es, por qué se utiliza y cómo obtenerlo?

Certificado de eficiencia energética vivienda

La optimización y control del consumo de energía es cada vez más importante, ya que es un factor determinante para el cuidado del medio ambiente. La Unión Europea -a través del Pacto Verde Europeo- se ha propuesto reducir en un 55% las emisiones de CO2 en el año 2030, con lo que control del gasto energético es una prioridad. En este sentido, se hace necesario que los inmuebles cuenten con una acreditación de consumo energético, que está regulado por el certificado de eficiencia energética (CEE). Hoy explicamos en detalle en qué consiste este certificado, qué información contiene y cómo hay que solicitarlo.

¿Qué es el certificado de eficiencia energética?

El Certificado de Eficiencia Energética es un documento oficial, que corrobora la eficiencia y consumo energético de una vivienda o edificio. A partir de él, se califica el inmueble con una etiqueta de eficiencia energética, que tiene un rango desde la A hasta la G, siendo la A la más eficiente y la G la de menor eficiencia.

Este documento permitirá comprobar en qué medida la vivienda o propiedad cuenta con las condiciones idóneas para que su gasto energético sea óptimo y su estancia en ella también. Es aplicable tanto a edificios antiguos, de nueva construcción (obra finalizada), como a los que se encuentren en plena construcción (eficiencia energética del proyecto).

 

El 1 de junio de este año se publicó en el BOE el Real Decreto 390/2021, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, que establece la obligatoriedad de contar con el certificado energético de la vivienda para poder alquilarla o venderla. De esta forma, el nuevo propietario o inquilino conocerá en todo momento las características energéticas del inmueble, siendo consciente del gasto que le supondrá en términos económicos y energéticos.

Existen otros supuestos en los que también es obligatorio el certificado de eficiencia energética (aunque no se quiera ni vender ni alquilar el inmueble): edificios de nueva construcción, inmuebles con determinados usos de más de 500 m2, inmuebles de más de 250 m2 pertenecientes u ocupados por una Administración Pública, inmuebles en los que se realicen reformas o ampliaciones en algunos supuestos determinados y edificios que tengan que realizar una Inspección Técnica del Edificio.

No tener el CEE en todos estos casos, conlleva sanciones que pueden ir desde 300 € hasta 6.000 €.

Las comunidades autónomas serán las encargadas tanto de registrar los certificados, como de supervisar que se cumple la normativa y, en el caso en que corresponda, imponer las sanciones económicas correspondientes. Las infracciones muy graves, conllevan multas de 1.001 a 6.000 euros, las graves de 601 a 1.000 euros y las leves de 300 a 600 euros.

¿Cómo obtener el certificado de eficiencia energética?

Como indicamos antes, la posesión del certificado de eficiencia energética es de obligatorio cumplimiento en diversas situaciones. Para conseguirlo, lo primero que debe hacer la persona propietaria del inmueble es acudir a un técnico acreditado, o bien a una empresa especializada en este tipo de servicios.

El CEE no puede emitirlo cualquier profesional. El Real Decreto que regula esta certificación establece que se debe recurrir a un técnico competente, que cuente con una titulación universitaria que le habilite para el ejercicio de proyectos de edificación, dirección de obras y dirección y ejecución de obras. Los arquitectos, ingenieros o aparejadores son profesionales cualificados para emitir un certificado energético de una propiedad.

¿Cuáles son los requisitos para obtener el CEE?

Hay que cumplir con una serie de condiciones para obtener el certificado de eficiencia energética. Dependiendo del año de construcción del inmueble, éste estará adscrito a una normativa adaptada a su antigüedad. El técnico que realice el proceso sabrá cuál debe ser el referente.

También se tendrá en cuenta información detallada sobre el cerramiento de la vivienda, sus instalaciones térmicas (si tiene refrigeración, calefacción o aire acondicionado), la potencia que requieren, datos del consumo de agua caliente…

 

Todo ello quedará registrado en el documento de solicitud, que se encargará de rellenar el técnico a través de un programa aprobado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Una vez haya completado estos datos, calificará la eficiencia energética.

En cuanto se haya preparado el certificado, el técnico podrá presentarlo a la Comunidad Autónoma correspondiente para que lo valore y emita finalmente la etiqueta energética. En algunas CC.AA. también puede ser el propietario del inmueble el que presente el certificado en el registro.

Con el registro del certificado, obtenemos otro documento (la etiqueta de eficiencia energética propiamente dicha), que es el resumen del certificado en una sola hoja. En ella, aparece directamente la calificación (la letra obtenida), los kg de CO2 emitidos y el consumo de energía en kWh/m2 año.

etiqueta energética

El CEE será válido durante 10 años. Una vez pasado este periodo, tendrá que volver a solicitarlo para asegurar que la vivienda responde a los datos recogidos.

¿Qué contiene el Certificado de Eficiencia Energética?

Como mínimo, todo certificado de eficiencia energética debe incluir:

1. Identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica, incluyendo su referencia catastral (En los casos en los que corresponda, la existencia de circunstancias especiales de catalogación arquitectónica)

Se trata de los datos identificativos del inmueble, que aparecerán en la portada del certificado. La referencia catastral la podremos consultar en la sede electrónica del catastro, introduciendo la dirección física del inmueble.

2. Identificación del procedimiento escogido para la obtención de la calificación energética de un edificio (opción general, programa informático u opción simplificada).

3. Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de la construcción.

Antes de 1981 no existía normativa de obligado cumplimiento que regulara la eficiencia energética en los edificios.

4. Descripción de las características energéticas del edificio: envolvente térmica, instalaciones térmicas… Datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.

5. Calificación de eficiencia energética del edificio, expresada de acuerdo al documento reconocido de Calificación de la eficiencia energética de los edificios.

6. Recomendaciones de posibles intervenciones para la mejora de la calificación energética. Estas acciones se clasifican según su viabilidad técnica, funcional y económica, así como por su repercusión energética, que permita que la calificación energética mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética, en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas.

7. Fecha de la visita al inmueble y descripción de las pruebas y comprobaciones llevadas a cabo por el técnico competente durante la fase de calificación energética.

 

 

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CATEGORÍAS: energía
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